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¿Son Deducibles los Regalos de Empresa en España? Guía Fiscal 2026

¿Puedes deducirte los regalos de empresa en España? Guía fiscal 2026 con los límites para clientes y empleados, tratamiento del IVA y consejos para maximizar la deducción.

Por Zintora Team

Cuando una empresa invierte en regalos para empleados o clientes, una de las primeras preguntas es: ¿puedo deducirme esto en el impuesto de sociedades?

La respuesta corta es: sí, pero con condiciones y límites.

⚠️ Aviso legal: Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal. Consulta siempre con tu asesor o gestor fiscal para aplicarlo a tu situación específica.

Marco legal

La deducibilidad de los regalos de empresa se regula principalmente a través de: - Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS) - Ley del IRPF — para autónomos - Ley del IVA — para la deducción del IVA soportado

El principio general: un gasto es deducible si está relacionado con la actividad económica y se puede justificar documentalmente.

Caso 1: Regalos a CLIENTES

¿Son deducibles? Sí, pero con un límite del 1% de la cifra de negocios.

El artículo 15.e) de la Ley del Impuesto sobre Sociedades establece que los gastos por atenciones a clientes son deducibles hasta el 1% del importe neto de la cifra de negocios del ejercicio.

Ejemplo práctico

DatoImporte
Cifra de negocios anual500.000 €
Límite deducible (1%)5.000 €
Gasto en regalos a clientes4.200 €
Importe deducible4.200 €

¿Y el IVA de los regalos a clientes? El IVA soportado en los regalos a clientes no es deducible en general. Consulta con tu asesor para casos específicos.

Caso 2: Regalos a EMPLEADOS

¿Son deducibles? Sí, como gasto de personal — sin límite porcentual.

Los regalos a empleados se consideran retribución en especie y se deducen como gasto de personal. No están sujetos al límite del 1%.

¿Y el IVA de los regalos a empleados? Con carácter general, no es deducible: el artículo 96.Uno.5.º de la Ley del IVA excluye la deducción del IVA soportado en bienes y servicios destinados a atenciones a clientes, asalariados o terceras personas.

¿Tributan para el empleado? Si el regalo supera ciertos umbrales, puede ser retribución en especie. La empresa debe: - Incluirlo en la nómina como retribución en especie - Practicar la retención de IRPF correspondiente - Ingresar el ingreso a cuenta en Hacienda

Caso 3: Objetos publicitarios con logo

Los objetos publicitarios tienen un tratamiento más favorable: - IVA soportado deducible si son objetos publicitarios de escaso valor, que el artículo 96.Uno.5.º de la Ley del IVA no considera atenciones a clientes - El límite de 200 € por destinatario y año (artículo 7.4.º) decide si la entrega gratuita queda sujeta a IVA, no si puedes deducir el IVA de la compra - Se consideran gastos de publicidad (cuenta 627) - No están sujetos al límite del 1% de cifra de negocios

Tabla resumen de deducibilidad

Tipo de regaloIS deducibleIVA deducibleLímite
Regalos a clientes✅❌1% cifra de negocios
Regalos a proveedores✅❌1% cifra de negocios
Regalos a empleados✅❌ No, con carácter generalSin límite (retribución en especie)
Objetos publicitarios con logo✅✅ si son de escaso valorEntrega no sujeta a IVA hasta 200 €/destinatario/año

Documentación necesaria

Para que el gasto sea deducible:

1. Factura completa — nunca ticket; con NIF del proveedor y de tu empresa 2. Lista de destinatarios — especialmente para importes significativos 3. Justificación de la relación comercial — contrato, email o CRM 4. Anotación contable correcta: - Regalos a clientes → cuenta 627 (Publicidad y relaciones públicas) - Regalos a empleados → cuenta 640/649 (Gastos de personal)

Consejos para maximizar la deducibilidad

1. Convierte regalos en objetos publicitarios cuando sea posible Si el regalo lleva el logo y se entrega como acción de marketing, puede ser gasto de publicidad — sin el límite del 1%.

2. Pide siempre factura Muchos proveedores emiten ticket por defecto. Solicita factura explícitamente.

3. Documenta a los destinatarios Un excel con nombre, empresa y fecha puede salvar una inspección.

4. Gestiona el ingreso a cuenta por regalos a empleados Si entregas regalos a empleados, recuerda practicar e ingresar el ingreso a cuenta del IRPF.

Preguntas frecuentes

¿Los regalos de Navidad a empleados son deducibles? Sí, como gasto de personal en el Impuesto de Sociedades. Sin embargo, pueden generar retribución en especie con obligación de practicar ingreso a cuenta, y su IVA, con carácter general, no es deducible.

¿Puedo deducirme las cestas de Navidad que regalo a mis clientes? Sí, dentro del límite del 1% de la cifra de negocios. El IVA no es deducible.

¿El merchandising con logo tiene el mismo tratamiento que los regalos? No. Los objetos publicitarios de escaso valor tienen mejor tratamiento: su IVA soportado puede deducirse y su entrega gratuita no queda sujeta a IVA mientras lo entregado a un mismo destinatario no supere 200 € en el año.


Este artículo es información general. Las referencias a la Ley del IVA (artículos 7 y 96) remiten a su texto consolidado en el BOE; la Agencia Tributaria (AEAT) publica en su sede electrónica los criterios sobre IVA deducible. Confirma el tratamiento de tu caso con tu asesor fiscal antes de planificar tus regalos corporativos.